Legislación y beneficios económicos para la contratación de personas con discapacidad

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La LGD (antigua LISMI) establece que aquellas empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad.

Esta cuota de reserva para trabajadores con discapacidad puede ser excepcionalmente sustituida por unas medidas alternativas, que consisten en realizar donaciones o acciones de patrocinio a determinadas organizaciones que trabajen con personas con discapacidad, centros especiales de empleo o personas con discapacidad que estén dadas de alta como autónomos. También se permite la opción de hacer un enclave laboral de personas con discapacidad que están contratadas por un Centro Especial de Empleo.

Durante el año pasado, tan solo un 1,43% de los contratos de trabajo registrados fueron realizados a personas con discapacidad. Aunque este número ha ido aumentando desde el 0.92% que se registraba en el año 2008, es todavía una cifra muy pequeña que debemos aumentar.

Para ello, es fundamental que las empresas se comprometan y que además conozcan de primera mano los beneficios de la contratación de las personas con discapacidad. Además de favorecer la inclusión, crear un clima motivador y aumentar la motivación, contratar a una persona con discapacidad también tiene una serie de beneficios económicos.

Por ejemplo, realizar un contrato indefinido a una persona con discapacidad tiene una subvención de 3907€ por jornada completa, además de poder contar con otra subvención de 901,52 euros por si fuera necesario adaptar el puesto de trabajo o dotarlo de medios de protección personal para evitar accidentes laborales a la persona con discapacidad contratada.

También existen una serie de bonificaciones según el grado de discapacidad de la persona que van desde los 4500 euros anuales hasta los 6300 euros.

Con la finalidad de promover el empleo para las personas con discapacidad, también están disponibles una serie de deducciones de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades cuando se incremente el promedio de trabajadores con una discapacidad superior al 33% de 9000 € por persona cada año, incrementándose hasta los 12000€ por persona y año en el caso de trabajadores que tengan una discapacidad superior al 65%.

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